Por Eric J. Reyes
Especialista en Comercio Exterior en G-Global
Ensenada.- ¿En qué me afecta el identificador “PO”?
Esta es la pregunta común que nos hicimos la primera vez que escuchamos hablar de este identificador cuando se publicaron las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) , las cuales nos dice que tú importador obtienes un trato preferencial (beneficio en impuestos ) por la aplicación de un Tratado de libre comercio, ahora con la creación del “PO” deberás declarar en tus pedimentos este identificador por cada proveedor que te emita un Certificado de origen y sobre todo en cada una de las mercancías en tu pedimento que sean beneficiadas por dicho trato preferencial.
Por ello los importadores a finales del 2017 nos sorprendimos al hacer el análisis de las repercusiones que tendría en la operación y el despacho de las mercancías, es decir, en la elaboración del pedimento parecería que es una carga excesiva de trabajo para los que nos dedicamos a la realización de pedimentos, pero la verdad es que no, ya que con apoyo de los medios tecnológicos y de los programas utilizados para la elaboración de pedimentos se logró que la declaración de este novedoso identificador sea de forma automática, ahora el punto crítico será cuidar que esos datos se declaren para cumplir con la obligación de utilizar el “PO” sean los correctos ya que si la autoridad determina que son falsos o inexistentes nos podemos ver inmersos en créditos fiscales elevados por la omisión de contribuciones.
Les platicaré porque es una odisea la aplicación de este identificador. Se publica por primera vez en diciembre del 2017, en donde señala que sería exigible a partir el 30 de enero del 2018 y ese mismo día (30 de enero) la Autoridad por medio de una versión anticipada dada a conocer en el portal de SAT señala que se prorroga la entrada en vigor la obligatoriedad de usar este identificador hasta el 15 de marzo 2018, llenada la fecha dan a conocer de nuevo una versión anticipada a las RGCE donde YA NO se prorroga la entrada en vigor, pero, que no habrá problemas (multas) si no se declara este identificador. A partir del 01 de mayo ya se considerará como omisión si no se declara, por ello hay que estar al pendiente de los próximos días para ver que nos señala la Autoridad.