Por Redacción
Ensenada.- Los adultos mayores en situación de vulnerabilidad tienen derecho a una pensión mensual a 1. 400 pesos aproximadamente, declararon integrantes del grupo jurídico Litigio Estratégico Mariano Otero, el cual ayudará a las personas de 60 años o más obtener el beneficio que dará el Gobierno del Estado o el Ayuntamiento.
Indicaron que actualmente se tienen más de 20 escritos que se entregaran esta semana, de igual número de personas adultas mayores, que buscan ser titulares del derecho a la pensión mensual, conforme a la Ley de los Derechos, Protección e Integración de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Baja California, expedida en el año 2012.
Las personas adultos mayores en Baja California, son titulares de derecho de acuerdo en el Artículo 9 de la Ley, que textualmente establece: “Las personas adultas mayores residentes en el Estado de Baja California, que no reciban ningún tipo de ingreso permanente por concepto de remuneración, jubilación, pensión o dividendos producto de inversión, tienen derecho a recibir una pensión diaria no menor a la mitad del salario mínimo vigente en el Estado”.
El Gobierno del Estado a través de Desarrollo Social o el Ayuntamiento, entregarán la pensión alimentaria a través de una tarjeta electrónica, la cual podrá ser utilizada en los principales centros comerciales y establecimientos autorizados.
Los requisitos mínimos para obtener la pensión mensual son los siguientes: Tener sesenta años o más, al momento de solicitar su inscripción al padrón de beneficiarios de la pensión; Contar con una residencia mínima en el estado de seis meses al momento de solicitar su inscripción al padrón de beneficiarios de la pensión; No contar con pensión derivada de algún sistema de seguridad social; y Que se encuentre en situación de riesgo o desamparo en términos de la presente ley.
De acuerdo a la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, los Estados Parte en la presente Convención, tienen como un deber general adoptar y fortalecer todas las medidas legislativas, administrativas, presupuestarias y de cualquier otra índole.
Cabe recordar que la pensión alimentaria de la que habla la ley, no es un programa o ayuda social, sino un derecho de la persona adulto mayor, que tiene que garantizar el Gobierno del Estado o el Ayuntamiento, conforme al presupuesto de egresos de cada año, los dos entes de gobierno, deberán asegurar una partida presupuestaria, sino el Congreso local, deberá abrirla para tal fin.
Para mayor información, comunicarse al número de celular 646 270 8825 con Julio César García Ortiz o acudir a firmar el escrito dirigido a las autoridades, en Av. Enlace 2000 y Av. El Mirador, fraccionamiento Villa del Mar (frente a Villas 3) en ex Ejido Chapultepec.
