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Anticonstitucional el incremento del alumbrado público

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Por Yuver Maceda

luminarias2Ensenada.- Tras la aprobación del incremento al Impuesto al Alumbrado Público (IAP) del 50%, el Secretario General de la Comisión de Derechos Humanos y Atención al Migrante, Eduardo Cota Osuna, sostuvo que es anticonstitucional.

Indicó que se regidores y presidente municipal, pueden enfrentar juicio político por dicha aprobación de la Ley de Ingresos, ya que el Cabildo no tiene facultades para reglamentar   en materia de energía eléctrica o derivados de hidrocarburos mucho menos para establecer contribuciones.

“Una vez que se les deje sin fuero, que enfrenten los cargos por responsabilidad de servidores públicos al no cumplir su protesta”, dijo.

Cota Osuna, enfatizó, en que los funcionario públicos transgreden el Artículo 31 fracción IV de la Constitución Mexicana,  pues no cumplen con el principio de proporcionalidad, porque el monto del derecho a enterar con motivo de la prestación del servicio de alumbrado público, se determina en función de elementos que resultan completamente ajenos al costo que representa al Municipio.

“Es anticonstitucional el cobro; antes se cobraba el .10 del salario mínimo y se aumenta el .20 o tal vez, .30 del salario mínimo y no está por demás decirlo, el congreso aprobó que el salario mínimo   ya no debe ser vinculativo  a tarifas, impuestos, ni multas”, mencionó.

Finalmente, destacó que el Congreso del Estado es el único facultado para legislar y cobrar el alumbrado público.

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