Por Redacción
San Quintín.– De manera unánime, el presidente, concejales regidores y Síndica Procuradora del Concejo Municipal Fundacional de San Quintín (CMFSQ) aprobaron el calendario de sesiones ordinarias de los primeros nueve meses del año.
Asimismo, y en el mismo sentido, fueron aprobados los siguientes dos puntos del orden del día: Solicitud de autorización de entrega de remuneración extraordinaria no regularizable a elementos de Seguridad Pública Municipal; y la Solicitud de autorización de entrega de remuneración extraordinaria no regularizable al personal de limpia del municipio.
En el primer punto, las fechas quedaron aprobadas para los días jueves: Enero, 18; febrero, 8 y 22; marzo, 14 y 28; abril, 11 y 25; mayo, 9 y 23; junio, 13 y 27; julio, 11 y 25; agosto, 8 y 22; y septiembre, 12 y 26.
En cuanto al segundo punto de acuerdo, el presidente del Concejo Municipal, Jorge López, comentó que la remuneración extraordinaria se justificaba toda vez que la corporación policiaca se ha esforzado por mantener la seguridad de la población de este municipio, aun cuando las condiciones geográficas son complejas.
Y pese a esto último, se ha logrado mantener una incidencia delictiva a niveles relativamente bajos, ejemplificando que en diciembre se tuvo una blanca Navidad, y con el mismo resultado el fin de año, “lo cual reflejó que se tiene una corporación que sabe coordinarse con las otras corporaciones de los diferentes órdenes de gobierno en el objetivo común de mantener la paz y la tranquilidad de nuestra región”.
En el caso de los trabajadores de limpia, López Peralta expuso que como es todos conocido, durante el mes de diciembre, por las festividades que se desarrollan, se demandó mayor disposición del personal de limpia, adicional a los programas que se generan y que se llevan a cabo durante todo el año.
Por esa demanda de trabajo, se diseñó una estrategia para incrementar las jornadas de recolección y limpia que cubrieran constantemente el requerimiento de la ciudadanía, por lo que el Concejo propuso, por única ocasión, remuneración extraordinaria no regularizable a los elementos de limpieza de la Dirección de Servicios Públicos e Infraestructura.