Por Nelly Alfaro
Ensenada.- Por unanimidad de los ediles, la creación de un parque urbano en la avenida Miramar entre calles 6 y 7 de ciudad de Ensenada, así como la desincorporación del dominio público e incorporación al régimen del dominio privado el bien inmueble ubicado en avenida Miramar entre las Calles 6 y 7, manzana 49 y 52, con clave catastral SP-000-003 con una superficie de 2,500 metros cuadrados de la sección primera de este municipio de Ensenada.
También establece que se aprueba por el XXII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California autorizar el otorgar en comodato a favor de la Fundación Grupo Pando A.C., por tiempo determinado que se especifique en el contrato, por 15 años respecto del bien citado en los Puntos Resolutivos que anteceden, prorrogables a su vencimiento y previa solicitud del Comodatario.
Además contempla la autorización del cambio de uso de suelo de equipamiento para la Construcción de Plaza Santo Tomás a cargo de la Fundación Grupo Pando A.C., debiéndose realizar los trámites y pagos correspondientes a cargo de la persona moral referida.
Se instruyó a la Dirección Jurídica del Ayuntamiento para que elabore el Contrato de Comodato correspondiente, sujetándose a los lineamientos generales del derecho, a las leyes y códigos civiles y de derecho administrativo aplicables, en la inteligencia que el contrato deberá dentro de sus Cláusulas al menos 42 condicionantes, entre las que destacan que en caso de incumplirlas el Ayuntamiento podrá dar marcha atrás al comodato mediante acuerdo de Cabildo y que en ningún momento habrá indemnización a la fundación.
Se obliga al solicitante Fundación Grupo Pando, A.C., que al menos 30 días naturales previos al inicio de los trabajos de construcción de la Plaza Santo Tomás y el respectivo cierre de la vialidad, difunda el proyecto en los medios masivos de información tradicionales como periódico, radio y televisión, así como por medio de las redes sociales.
De igual forma, deberá de instalar un anuncio lo suficientemente visible en las esquinas de las Calles 6 y 7 esquina con la Avenida Miramar, en donde de igual manera informe a los ciudadanos sobre la fecha de inicio de las obras respectivas.
La Dirección de Relaciones Públicas y Comunicación Social del Ayuntamiento deberá diseñar e implementar de inmediato una campaña informativa sobre el contenido del presente Dictamen, en donde se explique la finalidad de la construcción de la Plaza Santo Tomás y exalte su sentido público, gratuito y de acceso libre, contenido que independientemente de su difusión en los medios tradicionales y en redes sociales.
Deberá de permanecer por lo menos hasta que se concluya la construcción de la misma, en un espacio dentro de la página oficial del Ayuntamiento y deberá de hacer las gestiones ante las entidades paramunicipales para que hagan lo propio en sus sitios electrónicos.
