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Emite Congreso del Estado declaratoria de procedencia de reformas sobre Igualdad Sustantiva

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Por Redacción

Mexicali.– En Sesión extraordinaria del Pleno del Congreso, encabezada por la Presidenta de la Mesa Directiva, diputada Michelle Alejandra Tejeda Medina, se emitió la Declaratoria de Procedencia de la reforma en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salarial por razones de género.

En la sesión, la diputada Norma Angélica Peñaloza Escobedo (Morena), Secretaria de la Mesa Directiva, dio lectura al documento y refirió que con estas modificaciones, se armoniza la Constitución local con las reformas federales y el Estado garantiza la coherencia y el cumplimiento de los derechos de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito estatal.

Como antecedente se informó que el 5 de junio del presente, en Sesión Ordinaria de esta máxima asamblea plenaria, se aprobó el por unanimidad el Dictamen 35 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, referente a iniciativas de reforma a la Constitución Política local, presentadas por la diputada Michel Sánchez Allende y por la Gobernadora Marina del Pilar Avila Olmeda.

Posteriormente, dio a conocer que se recibieron los oficios aprobatorios correspondientes a la mayoría de los Cabildos de los Ayuntamientos, por lo que el Congreso local procedió a emitir la declaratoria correspondiente, con lo que concluye el proceso legislativo.

En ese sentido, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y 50 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado, se declaró formalmente la reforma a los artículos 7, 8, 72, 97 y 98 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

En ese caso, la paridad de género de las personas servidoras públicas titulares que integren el gabinete legal y ampliado se llevará a cabo gradualmente dentro de los 180 días siguientes a la publicación del presente decreto, a efecto de garantizar una correcta entrega y recepción, así como de mantener la continuidad del servicio y la correcta instrumentación de las políticas públicas estatales y municipales.

Asimismo, la Fiscalía General del Estado (FGE) tendrá el plazo de noventa días naturales contados a partir de la entrada en vigor de las presentes reformas para realizar las modificaciones reglamentarias que resulten necesarias.

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