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Presentación del Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior

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Por Eric J. Reyes 

Especialista en Comercio Exterior en G-Global

Ensenada.– En esta ocasión analizaremos desde un punto de vista crítico la presentación del RAOCE.

Las maquiladoras tienen dentro de sus obligaciones anuales la de realizar la presentación de este reporte a más tardar el último día hábil del mes de  mayo para no verse en problemas con la suspensión y/o cancelación.

Hasta aquí, no hay ningún problema, ya que la maquiladora a través de los años se ha acostumbrado a esa fecha, el detalle, confusión, incertidumbre radica en el envió de un correo electrónico por parte de la Secretaria de Economía donde señala que la presentación del RAOCE para las empresas que cuenten con un  programa PROSEC se deberá hacer antes del 30 de abril del 2018.

Lo anterior,  suscitó un descontrol por parte de la maquiladora, ya que existen varias que cuentan con el programa IMMEX y el Programa PROSEC, es decir, que NO tienes hasta el último día de mayo para presentarlo si cuentas con los dos programas solo tienes hasta el último día de abril par presentarlo.

Te explico, en la práctica no nos permite VUCEM escoger cuál de los dos reportes quieres hacer, si tienes los dos autorizados en forma automática se identifican y haces un solo reporte, por lo que te quedan tres días para cumplir con esta obligación y así evitar la suspensión. Por otro lado si sólo cuentas con  el programa IMMEX no tienes este inconveniente y lo podrás presentar hasta el último día hábil de mayo.

¿ Qué debes declarar en tu RAOCE ?

            Este es el reporte más fácil de llenar a  simple vista debido a que únicamente  te solicita que complementes dos campos; el valor de los facturado y el total de las exportaciones, sólo que realmente es complicado determinar esos datos, en simples palabras te comento que debes de declarar la misma cantidad que se asentó en la declaración anual para efectos fiscales en el campo de total de las ventas, y en el campo de total de las exportaciones sólo deberás declarar el valor agregado de las exportaciones correspondiente al mismo ejercicio fiscal.

Por último te recomiendo hacerlo lo antes posible y sobre todo obtener el acuse de recibo que te la VUCEM en PDF.

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