Por Yuver Maceda
Ensenada.- Por faltar al artículo 181 del Reglamento de Tránsito que establece los límites de velocidad permitidos en avenidas, fueron infraccionadas 15 personas, tras un operativo vial realizado sobre la Carretera Transpeninsular y calle Miguel Allende de la Delegación Maneadero.
El comandante de Tránsito, José Luis Gutiérrez Bojórquez dio a conocer que personal a su cargo montó un filtro en el que con apoyo de un radar se midió la velocidad con que circulaban los automóviles por la zona.
“En el lugar se infraccionó a 15 conductores que infringieron el artículo 181* del Reglamento de Tránsito en el que se establecen los límites de velocidad permitidos por zonas, calzadas y avenidas; además de que se remolcó un vehículo por falta de garantías, es decir por violar los artículos 27 -falta de licencia de conducir- y 209 -falta de tarjeta de circulación-”, apuntó.
Recalcó que en el operativo radar también se brindan recomendaciones para que automovilistas eviten distractores -celular-, para que utilicen el cinturón de seguridad y sillas adecuadas para la infancia, entre otras.
“Este tipo de filtros se instalan de manera aleatoria en las zonas que registran mayor afluencia vehicular y en las que se ha detectado circulación de automóviles en exceso de velocidad”, afirmó.
*Artículo 181 del Reglamento de Tránsito Municipal
Los límites de velocidad máxima serán los siguientes:
1.- Zona Escolar 15 kilómetros por hora.
2.- Zona Comercial 25 kilómetros por hora.
3.- Zona Residencial 35 kilómetros por hora.
4.- En calzadas y avenidas el que fije el departamento de Ingeniería de Tránsito Municipal siendo máximo 65 kilómetros por hora dentro de la ciudad y 80 kilómetros por hora en carreteras de jurisdicción municipal.
Sanción por infringir el artículo 181
40 unidades de medición
Cada UMA equivale a 80.60 pesos
Multa: 3 mil 224 pesos
