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Se crea en BC registro estatal de agresores de animales

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Por Redacción

Mexicali.- El Dictamen No. 25 de la Comisión de Justicia relativo a la Iniciativa de reforma al Código Penal y a la Ley de Protección a los Animales Domésticos de Baja California, promovido por la Gobernadora del Estado fue aprobado en sesión Plenaria del Congreso de Baja California.

Dicha reforma tiene como objeto actualizar el tipo penal de maltrato y crueldad animal, así como crear el Registro Estatal de Agresores de Animales.

El Dictamen presentado ante el pleno por la diputada Angelica Peñaloza, contiene reformas a los artículos 342, 342 QUATER y 342 SEXTIES del Código Penal Estatal para: Contar con un marco legal armonizado que garantice el derecho y bienestar de todos los animales domésticos, vigilando y garantizando sus derechos como seres sintientes.

Asimismo, el Dictamen 25 adiciona un capítulo a la Ley de Protección de los Animales Domésticos con el fin de incorporar mayores supuestos que actualizan un acto de maltrato o crueldad animal, como son: abandono, desnutrición o deshidratación; utilizar para trabajo a un animal enfermo o con lesiones.

Se establece que este tipo penal se perseguirá de oficio. Y mediante la reforma las personas agresoras de animales, perderán el derecho a poseer o adquirir animales domésticos.

Además, la reforma plantea un esquema sancionatorio diferenciado: los actos de maltrato o crueldad animal de menor lesividad tendrán una pena que puede ir de uno a 5 años de prisión y multa de 200 a 500 UMAS y, para los delitos de mayor lesividad, se aplicará una pena que puede ir de 3 a 8 años de prisión y multa de 400 a 700 UMAS.

El Registro Estatal de Agresores de Animales, se concibe como una base de datos de carácter administrativo, destinada a identificar plenamente a las personas que cuenten con sentencia firme por los delitos de maltrato y crueldad animal previstos en el Código Penal Estatal.

La operación del Registro estará a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente у Desarrollo Sustentable, en colaboración con el Poder Judicial del Estado; será de carácter público y podrá ser consultado por establecimientos dedicados al expendio de animales vivos que cuenten con las autorizaciones correspondientes; así como por los albergues municipales de animales, para evitar su entrega a personas legalmente impedidas para su tenencia.

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